Se conoce como Copago el aporte en dinero que deben realizar exclusivamente los beneficiarios, sobre los procedimientos e intervenciones sujetas por la Ley a estos cobros. Los copagos podrán aplicarse a todos los servicios contenidos en el POS, con excepción de:
El monto de los Copagos se determina de acuerdo al ingreso base de cotización del cotizante y con los límites establecidos legalmente para este fin.
Los porcentajes registrados se aplican sobre el valor total del procedimiento o intervenciones sujetas al cobro de Copagos que requiera el beneficiario, de la siguiente forma:
| Ingreso Base de Cotización |
| | < 2 SMLMV | Entre 2 y 5 SMLMV | > 5 SMLMV |
| Porcentaje del Valor del Servicio | 11.50% | 17.30% | 23.00% |
| Tope máximo por servicio (Manejo de una patología especifica en el mismo año) | $147.805 | $ 592.250 | $ 1.184.500 |
| Tope máximo por año (Valor máximo por año en diferentes patologías) | $ 296.125 | $ 1.184.500 | $2.369.000 |
Nota: Estos valores corresponden al año 2010.