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Atención de Urgencias

Una urgencia es aquella situación de aparición súbita que se deriva de una enfermedad o accidente, poniendo en peligro la vida del afiliado. Cuando se presente esta situación, diríjase a la Institución Prestadora de Servicios (IPS) más cercana para su atención, ver Cuadro Médico. Si los síntomas llevan varios días, solicite una consulta con su médico del Programa de Salud Familiar, pediatra y odontólogo asignado, adscrito a la EPS Sanitas.

NOTA:

En todo caso es el médico quien define la condición de atención de urgencias y cuando el paciente utilice estos servicios sin ser una urgencia deberá pagar el valor total de la atención.

Cuando la urgencia genere hospitalización, el profesional tratante emite una orden de hospitalización; Esta orden debe ser presentada en las oficinas de la EPS Sanitas, dentro de las siguientes 24 horas de su ingreso a la institución, en donde le será entregado el respectivo Volante de Autorización de Servicios Médicos. Con esta orden, debe dirigirse a la institución autorizada.

Urgencias en ciudades donde no existe EPS Sanitas

En las ciudades donde no se preste el servicio por parte de la EPS Sanitas, se atenderán únicamente los casos de Urgencias. Estos servicios serán reembolsados a tarifas SOAT, siempre y cuando haya sido autorizado expresamente por la EPS Sanitas para una atención específica.

Trámite

El afiliado deberá presentar dentro de los 15 días siguientes al evento, en la oficina de la ciudad donde está afiliado los siguientes documentos:

Solicitud de Reintegro acompañada de facturas originales, debidamente canceladas.
Certificado del medico tratante del hecho y sus características.
Copia de la Historia Clínica o el resumen del servicio prestado, en el que conste la causa y el tratamiento de la urgencia.
Copia del documento de identidad del afiliado






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