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¿Quiénes se pueden afiliar?

Todas las personas vinculadas a través de un contrato de trabajo, los servidores públicos, los pensionados y jubilados y los trabajadores independientes con capacidad de pago.

¿Quiénes son afiliados?

Son las personas cubiertas por el Sistema General de Seguridad Social en Salud, a través del régimen contributivo o del subsidiado.

* Son de dos clases:

a. Cotizantes: Afiliados con capacidad de pago. Cuando son trabajadores dependientes aportan de sus ingresos laborales el 4% y sus empleadores el 8.5%; si son independientes aportan el 12.5% de su Ingreso Base de Cotización (IBC) y los pensionados deben aportar el 12% de su ingreso base de cotización.

b. Beneficiarios: Afiliados que no aportan cotización, pero están cubiertos por el Sistema General de Seguridad Social en Salud en su condición de miembros de un núcleo familiar por su parentesco y/o dependencia económica de un afiliado cotizante.

Se pueden afiliar como beneficiarios amparados los siguientes:

Cónyuge o el (la) compañero(a) permanente.
Hijos menores de 18 años.
Hijos entre 18 y 25 años, siempre y cuando sean estudiantes y que dependan económicamente del afiliado cotizante.
Hijos de cualquier edad, si tienen incapacidad permanente y dependen económicamente del cotizante.
A falta de cónyuge o compañero(a) permanente e hijos, podrán ser beneficiarios los padres que no estén pensionados y que dependan económicamente del cotizante.
Cuando ambos cónyuges cotizan y la suma de los dos aportes supera el 150 % de la sumatoria de las UPC (Unidad de pago por Capitación) del grupo familiar, podrán ser beneficiarios los padres que dependan económicamente de uno de los cotizantes, sin costo adicional.

Como beneficiarios adicionales podrá afiliar a los menores de 12 años, que dependan económicamente del cotizante y a sus parientes hasta tercer grado de consanguinidad (padres, hijos, hermanos, abuelos, bisabuelos, nietos, bisnietos, tíos, sobrinos), para lo cual deberá pagar un valor adicional a la cotización, el cual se reajusta anualmente. Ver tabla de valores UPC.







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